Arrebata el Congreso mexiquense a Sodi el control de su propia sucesión. AL GRANO. Por Jesús López
Reforma judicial en el Estado de México y la disputa por el control del Poder Judicial
La reciente propuesta de reforma judicial presentada por Morena, PT y PVEM en el Congreso mexiquense marca un cambio radical en la estructura del Poder Judicial del Estado de México, al cancelar el proceso sucesorio interno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México (TSJEM) y establecer nuevas reglas de elección. Esta iniciativa, que refleja la capacidad de la coalición gobernante para imponer su agenda gracias a su mayoría legislativa, genera profundas implicaciones sobre la autonomía judicial y el equilibrio de poderes en la entidad.
Abolición del proceso sucesorio y designación interina
La reforma anula la elección interna convocada por el actual presidente del TSJEM, Ricardo Sodi, para designar a su sucesor en enero de 2025. En su lugar, otorga a la Legislatura la facultad de nombrar un presidente interino, quien asumirá el cargo el 1 de enero y lo mantendrá hasta la entrada en funciones de los primeros jueces y magistrados electos por voto popular en septiembre. Este presidente interino estará explícitamente impedido de participar en el proceso electoral, una medida que busca evitar cualquier ventaja derivada del cargo.
Extinción del Consejo de la Judicatura y creación de nuevos órganos
El Consejo de la Judicatura, pilar administrativo del sistema judicial, será sustituido por un Órgano Administrativo de Transición desde el 1 de enero. Paralelamente, se renovarán las plazas de los magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial y los integrantes del Órgano de Administración Judicial. La convocatoria y regulación de este proceso quedarán a cargo de la Legislatura local, lo que refuerza su control sobre la transición judicial.
Un modelo electoral inédito
La reforma propone un proceso electoral complejo, en el que los tres poderes del estado serán responsables de integrar listas de candidatos para los cargos judiciales mediante comités evaluadores. Estos comités priorizarán criterios como honestidad, buena reputación y méritos académicos, y posteriormente seleccionarán las mejores propuestas mediante insaculación pública, garantizando la paridad de género. Las listas finales se remitirán al Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), encargado de organizar el proceso electoral.
No obstante, este esquema plantea interrogantes sobre la viabilidad de implementar un modelo tan ambicioso en un periodo de tiempo reducido, y sobre el impacto de la politización en el sistema judicial al vincularlo directamente con procesos electorales, como reiteradamente han señalado opositores y analistas independientes, mexicanos y extranjeros.
Tensión entre poderes y narrativa de la 4T
El choque entre la propuesta legislativa y el intento del TSJEM de organizar un proceso sucesorio interno es un claro ejemplo de la disputa por el control institucional. La Legislatura local calificó -y no sin razón- como “madruguete” la convocatoria de Ricardo Sodi, argumentando que contravenía la Constitución federal, que ya prevé la elección de jueces y magistrados por voto popular. Este conflicto pone de manifiesto la estrategia de la coalición gobernante para centralizar el poder en la transición judicial, bajo el discurso de democratización del sistema.
Conclusiones
Aunque la reforma aún debe ser aprobada formalmente, la mayoría calificada de Morena y sus aliados en el Congreso garantiza su viabilidad legislativa. Sin embargo, su implementación no está exenta de retos. La extinción del Consejo de la Judicatura y la introducción del voto popular en el nombramiento de jueces y magistrados representan un experimento sin precedentes en el país y en casi todo el mundo. Si bien podría fomentar la transparencia y la participación ciudadana, también plantea el riesgo de un mayor control político sobre el sistema judicial y de una debilitada independencia institucional.
El desenlace de esta reforma definirá no sólo el futuro del Poder Judicial mexiquense, sino también los límites del modelo de transformación institucional impulsado por la Cuarta Transformación.