viernes, julio 26

La Suprema Corte despenaliza el aborto en todo el país. Rebasa a Morena por la izquierda

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El Poder señalado por AMLO de “conservador”, hace suya una bandera típica de la agenda progresista

En un fallo histórico, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Congreso de la Unión debe eliminar del Código Penal Federal cuatro artículos que castigan con pena de cárcel la práctica del aborto. Esta decisión, que se ha producido en respuesta a un amparo promovido por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), establece como plazo para la modificación legislativa antes de que concluya el próximo periodo legislativo.

Resulta paradójico que la Suprema Corte de Justicia, perseguida por el Ejecutivo, desprestigiada a diario en las Mañaneras por el Presidente mexicano, quien no baja a los ministros de instrumentos y cómplices de las atrocidades de los conservadores, rebase al movimiento que presume ser de izquierda, tomando una de las banderas típicas de la agenda progresista en favor de las mujeres.Despenalización del aborto en México por la SCJN

La primera sala de la SCJN dictaminó que la inaplicación de las normas que criminalizan el aborto a nivel federal debe ser llevada a cabo por cualquier autoridad jurisdiccional y administrativa, especialmente por el personal de las instituciones de salud involucradas en la interrupción del embarazo y los agentes del Ministerio Público encargados de recibir denuncias relacionadas con estos casos. Este pronunciamiento fue presentado por la ministra Ana Margarita Ríos Farjat.

Además, en una decisión que amplía significativamente el alcance del fallo, tres de los cinco jueces de la sala ordenaron al Poder Legislativo que elimine los artículos 330, 331, 332 y 333 del Código Penal Federal, en línea con precedentes recientes en los que los fallos de amparo de la SCJN han supuesto un emplazamiento para la eliminación de normas declaradas inconstitucionales.SCJN avala despenalización del aborto en México

Uno de los aspectos más destacados de esta sentencia es su efecto retroactivo, lo que significa que cualquier persona actualmente en prisión o sometida a proceso por violar los cuatro artículos mencionados tendrá la posibilidad de recuperar su libertad. La justificación de este enfoque radica en el carácter penal de las normas, y se basa en el artículo 14 de la Constitución, que permite la retroactividad en beneficio de las personas procesadas o condenadas por un delito específico, según lo subraya el proyecto de Ríos Farjat.

Es importante destacar que los cuatro artículos declarados inconstitucionales databan de 1931 y contenían disposiciones basadas en juicios de valor. Por ejemplo, el artículo 332 enumeraba ciertos factores que podían reducir la pena de cárcel de una mujer que había tenido un aborto, pero solo si no tenía mala reputación, había logrado ocultar su embarazo o este era el resultado de una unión ilegítima. Estos artículos también penalizaban el aborto incluso en casos de violación.SCJN autoriza despenalización del aborto

La sentencia de la SCJN ha sido ampliamente celebrada por defensores de los derechos humanos y organizaciones feministas. El subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación, Alejandro Encinas, expresó su satisfacción por la resolución, destacando la importancia de garantizar el acceso a la interrupción del embarazo en centros de salud federales, incluyendo el IMSS, el ISSSTE y Pemex.

Amnistía Internacional México también se unió a la celebración, calificando la decisión de la Corte como un hito histórico y reconociendo el papel crucial desempeñado por GIRE, la organización feminista que promovió el amparo. La decisión de la SCJN marca un avance significativo en la protección de los derechos reproductivos en México y es un paso importante hacia la despenalización plena del aborto en todo el país.

 

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