jueves, noviembre 21

Revoca el TEPJF decisión de INE sobre paridad de género en Edomex y Coahuila para 2023

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Prevalece la constitución estatal que obliga a la alternancia de género hasta el 2029

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinó que sean los partidos políticos los que decidan si postulan a mujeres candidatas en las elecciones de Coahuila y el Estado de México que renovarán la gubernatura en 2023, revocando así, por mayoría de votos, el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que obligaba a los partidos a postular al menos a una mujer como candidata en esos estados.

La decisión se tomó este jueves en sesión extraordinaria de la Sala Superior, tras una votación dividida (3 a 3) por la ausencia de la magistrada Janine Otálora Malassis, y que obligó a un voto de calidad del magistrado presidente Reyes Rodríguez.

Sin embargo, los magistrados dejaron claro que si bien en ambos estados ya se legisló en materia de paridad alternativa, sí serán objeto de revisión en los casos concretos, a fin de que se garantice la paridad en las postulaciones de las gubernaturas locales.

En caso de impugnaciones que aleguen falta de paridad, la Sala Superior resolverá este asunto, con lo cual se podría revocar los registros y ordenar la postulación de una mujer.

“Esto no significa que no se vaya a cumplir con el principio de paridad de género”, observó el magistrado Felipe de la Mata.

Indalfer Infante reforzó: “La paridad debe ser inmediata, no se puede postergar”.

La reforma constitucional de 2019 estableció el principio de paridad en todos los poderes públicos y niveles de gobierno, denominada “paridad en todo”, por lo que el TEPJF vinculó a los congresos locales y al Congreso de la Unión a legislar para hacer efectivo el principio de paridad en la postulación de gubernaturas.

En julio de este año, el INE aprobó diversos criterios en ese sentido y ordenó a los partidos postular al menos a una mujer en las candidaturas de gubernaturas para asegurar la paridad en las elecciones, a partir de la de 2023 de Coahuila y Estado de México, pero inconforme, el PRI impugnó esa determinación.

Con todo, el INE emplazó a los partidos a que, a más tardar el 31 de octubre próximo, aprueben y presenten al INE las modificaciones señaladas, pero en la sesión de este jueves, el TEPJF amplió dicho plazo seis meses, y estableció que el Estado de México y Coahuila ya tienen una legislación secundaria que no obliga a los partidos a alternar de género en el proceso electoral de 2023.

Al defender su proyecto, la magistrada Mónica Soto expuso: “me preocupa que tomemos una decisión que deje al libre albedrío el cumplimiento de la paridad en estos dos procesos electorales porque ya se legisló, no puede darse marcha atrás a la paridad”.

Esto es, añadió la juzgadora electoral, que se les otorgue a los partidos “una válvula de escape”, cuando es un hecho de que “no puede haber vuelta atrás (en la paridad sustantiva), los partidos están obligados a postular una mujer en una entidad y un hombre en la otra, por lo menos, porque también pueden postular a dos mujeres”.

Al final, como ya se dijo, el proyecto fue desechado por los magistrados Felipe Fuentes Barrera y Felipe de la Mata Pizaña, al cual se sumó el del presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez, quien ejercicio su voto de calidad, tras el empate que se dio entre sus pares.

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